sábado, 28 de noviembre de 2015

El empresario




¿Qué es empresario?

El empresario o emprendedor es aquella persona que ostenta el control estratégico sobre una empresa económica, toma decisiones para fijar los objetivos de producción, establecer los medios más adecuados para alcanzar dichos objetivos y organizar la administración.
No todo empresario es un emprendedor, ya que el primero pudo haber heredado o comprado una empresa o bien ser un empleado de alto rango encargado de dirigir la administración. La noción de emprendedor se asocia más a la idea de asumir un riesgo, mientras que al empresario se lo vincula más a la toma de decisiones sobre un proceso.

Empresa y valor añadido

Mediante el consumo de bienes y servicios se satisfacen necesidades, pero antes de que pueda existir consumo, tiene que haber producción, y ésta requiere el uso de factores productivos.


La producción es la transformación, mediante tecnología, de factores de producción (inputs) en bienes o servicios (outputs).

Las empresas transforman los factores (inputs) en un producto (output), generando “valor” o utilidad en ese proceso.

A medida que los bienes son más útiles, su precio aumenta en el mercado, por lo que las empresas con mayor capacidad de crear valor son las que obtienen más beneficios.  

Las empresas intentan ofrecer a sus clientes productos y servicios que les proporcionen una utilidad mayor o diferente de la que proporciona la competencia.

Recursos  

Son todos aquellos elementos que se requieren para que una empresa pueda lograr sus objetivos.

Se clasifican en:
  • Recursos humanos
  • Recursos financieros
  • Recursos materiales
  • Recursos técnicos o tecnológicos 

- RECURSOS HUMANOS: Son trascendentales para la existencia de cualquier grupo social, son un factor primordial en la marcha de una empresa, de ello depende el manejo y funcionamiento de los demás recursos.


-RECURSOS FINANCIEROS: Son los recursos, propios y ajenos, de carácter económico y monetario que la empresa requiere para el desarrollo de su actividad.


  • Recursos financieros propios:
a) Dinero en efectivo
b) Aportaciones de los socios (acciones)
c) Utilidades
  • Recursos financieros ajenos:
a) Préstamos de acreedores y proveedores.
b) Créditos bancarios o privados.
c) Emisión de valores (bonos, etc).


Todos los recursos tienen una gran importancia para el logro de los objetivos de la empresa. Del adecuado manejo de los mismos y de su productividad, dependerá el éxito de cualquier empresa.

  • Recursos materiales: Son aquellos bienes tangibles, propiedad de la empresa.
- Instalaciones: edificios, terrenos.
- Equipo: maquinaria, herramientas, vehículos.
- Materias primas, materias auxiliares que forman parte del producto, productos en proceso, productos terminados, etc...

  • Recursos técnicos o tecnológicos: Aquellos que sirven como herramientas e instrumentos auxiliares en la coordinación de los otros recursos:
- Sistemas de producción, sistemas de ventas, sistemas de finanzas, sistemas administrativos, etc.
- Adquisición de tecnología.
- Desarrollo de tecnología propia.
- Capacitación y desarrollo de personal.

Figura jurídica del empresario

El empresario es la persona física o jurídica que, por sí misma o por medio de delegados , ejercita y desarrolla en nombre propio una actividad en el mercado, adquiriendo la titularidad de los derechos y las obligaciones que de ella se derivan.

Requisitos del emprendedor

Podemos hablar de numerosos requisitos personales que debe tener un emprendedor, pero destacan tres sobre el resto:
  • Iniciativa: Inclinación a la acción de adelantarse a los demás.
  • Formación: Una buena formación se podría adquirir en un trabajo anterior. Si no es el caso, podemos formarnos y/o complementar nuestros conocimientos con los de un soci@.
Para ciertos aspectos como podemos subcontratar los servicios (para poder llegar donde nosotros no llegamos), como asesorías, abogados, etc...
  • Creatividad: Conseguimos generar nuevos recursos a través del desarrollo de la imaginación y el ingenio para progresar en nuestras metas.
A continuación podemos definir otras características personales que debe tener un emprendedor:
  • Confianza en sí mismo: Seguridad en las propias capacidades.
  • Espíritu positivo:  Capacidad de juzgar las situaciones en su aspecto más favorable.
  • Motivación de logro: Disponer del ánimo para conseguir lo que se desea.
  • Responsabilidad: Capacidad para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente.
  • Autonomía: Capacidad de no depender de nadie para ciertas cosas.
  • Autocontrol: Saber manejar las propias emociones.
  • Perseverancia: Mantenerse constante en conseguir una meta.
  • Autodisciplina: Acatar por uno mismo valores sociales y personales beneficiosos.
  • Capacidad de decisión: Determinación que se toma ante una duda.
  • Asunción de riesgos: Predisposición a actuar con decisión ante situaciones que requieren cierto arrojo por su dificultad.
  • Sentido crítico: Capacidad de discernir de manera objetiva.
  • Empatía: Capacidad de ponerse en lugar del otro.
  • Adaptabilidad: Capacidad de acomodarse a distintas circunstancias.
  • Visión emprendedora: Capacidad de comenzar con resolución acciones difíciles.

 Habilidades de un emprendedor
  
  • Capacidad organizativa: Aptitud de ordenar y distribuir las actividades.
  • Persuasión: Acción de inducir a alguien con razones a hacer o creer algo.
  • Liderazgo: Habilidad de un individuo para influir, motivar y capacitar a otros para que alcancen las metas propuestas.
  • Cooperación: Acción de obrar conjuntamente con otros para un mismo fin.
  • Comunicación: Acción de manifestar a alguien algo.
  • Capacidad de planificación: Mentalidad práctica basada en observar el entorno extrayendo conclusiones útiles para tus metas. 
  • Asertividad: Expresar con claridad y respeto tus deseos a otras personas.
  • Habilidad negociadora: Capacidad de llegar a un acuerdo aceptable entre las personas implicadas en un conflicto.
  • Trabajo en equipo: Grupo de personas que trabajan de forma independiente combinando distintas capacidades, para lograr un conjunto de objetivos comunes.
  • Capacidad para afrontar problemas y encontrar soluciones: Capacidad de evaluar con rigor y serenidad las situaciones difíciles descubriendo y valorando las distintas posibilidades. 
El empresario como persona física o jurídica

Empresario individual o autónomo

Definición: Persona física que realiza, en nombre propio y por medio de una empresa, una actividad comercial, industrial o profesional.

Características principales:
  • La personalidad jurídica de la empresa es la misma que la de su titular, respondiendo personalmente de todas las obligaciones que contraiga la empresa.
  • No tiene regulación legal específica, estando sometido en su actividad empresarial a las disposiciones generales del Código de Comercio en materia mercantil, y a lo dispuesto en el Código Civil en materia de derechos y obligaciones.
  • No existe capital mínimo exigible para constituir la empresa, entremezclándose el patrimonio mercantil con el patrimonio civil del promotor.
  • Es una de las formas jurídicas más frecuentes de creación de empresa; generalmente se asocia con el trabajador autónomo, aunque esto sólo es una parte esencial de su tramitación administrativa como empresario.
Ventajas:
  • Es una forma empresarial idónea para el funcionamiento de empresas de muy reducido tamaño (micropymes y pequeño comercio).
  • Es la forma jurídica que menos gestiones y trámites se han de hacer para su constitución y puesta en marcha (simplicidad en su tramitación).
  • Resulta enormemente económica su puesta en funcionamiento, al no necesitar personalidad jurídica distinta de la del propio empresario.
  • Además de simplificarse al máximo sus obligaciones empresariales periódicas.
  • No se exige ningún capital social inicial mínimo para constituirse como empresa.
Inconvenientes:
  • El empresario responde con su patrimonio personal de las deudas económicas generadas en la actividad empresarial (responsabilidad personal e ilimitada).
  • Si el empresario está casado, el riesgo y ventura del negocio puede alcanzar al patrimonio del otro cónyuge.
  • Si el volumen de beneficios es alto, la empresa estará sometida a tipos impositivos muy elevados, debido a la progresividad del IRPF.
Normativa aplicable: El empresario individual persona física no tiene una regulación legal específica, estando sometido en su actividad empresarial a las disposiciones del Código de Comercio en materia mercantil, y a lo dispuesto en el Código Civil en materia de derechos y obligaciones.
Régimen de la Seguridad Social a aplicar: El empresario individual persona física estará sujeto al régimen especial de trabajadores autónomos o al régimen especial que corresponda, dependiendo del tipo de actividad que realice cuando la lleve a cabo de forma personal y directa, en cuyo caso deberá afiliarse si no lo estuviera con anterioridad y darse de alta en el régimen especial correspondiente.

Tramitación administrativa:
  1. Agencia Estatal de la Administración Tributaria. (www.aeat.es). Alta en el censo de Empresarios individuales, profesionales y otros obligados tributarios (modelo 037. modelo abreviado).
  2. Tesorería General de la Seguridad Social. Solicitud de alta en el Régimen Especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos, o bien en el Régimen Especial que le corresponda según el tipo de actividad económica que realice. (modelo TA.521).
  3. En el caso de que vaya a contratar trabajadores asalariados.
  4. Tesorería General de la Seguridad Social. Inscripción del Empresario en la Seguridad Social y Apertura de Cuenta de Cotización principal (modelo TA 6). Alta del trabajador en cuestión, en la Seguridad Social (modelo TA 2).
  5. Consellería de Economía, Hacienda y Empleo. Comunicación de apertura del centro de trabajo donde vamos a desarrollar nuestra actividad económica. Diligenciamiento del Libro de Visitas ante la Inspección Laboral.
  6. Oficinas de empleo (antiguo INEM). Formalización y Registro de los Contratos de Trabajo (modelo normalizado según modalidad contractual elegida).
  7. Oficina de urbanismo del Excmo. Ayuntamiento del municipio que corresponda según se realice la actividad. Solicitud de Licencia municipal de Obra. Solicitud de Licencia municipal de apertura de establecimiento, y de actividades e instalaciones.
Las sociedades mercantiles se clasifican en:

  • Sociedades personalistas: Sociedades en las que lo más importante son las características personales de los socios, que aportan capital y trabajo. Son la sociedad colectiva y la sociedad comanditaria. "Se unen personas".
  • Sociedades capitalistas: Sociedades en las que lo más importante es el capital aportado. Son la sociedad anónima y la limitada. "Se unen capitales".
  • Sociedades de interés social: Sociedades enfocadas a crear empleo y fomentar el desarrollo soocial y económico de áreas locales y regionales. Son las cooperativas y las sociedades laborales. "Se unen necesidades".

Las sociedades personalistas

- Sociedad colectiva: Es una sociedad mercantil de carácter personalista, cuyos socios aportan capital y trabajo, respondiendo de forma personal, ilimitada y solidaria de las deudas sociales.
- Sociedad comanditaria: Es una sociedad mercantil de carácter mixto (personalista-capitalista) con dos tipos de socios: colectivos (aportan capital y gestión, responden ilimitadamente) y los comanditarios (aportan sólo capital, responde limitadamente).
La sociedad comanditaria por acciones es un tipo particular de sociedad que se regula como la sociedades anónimas. Colectivas y comanditarias tributan por el impuesto sobre sociedades.

Responsabilidades físcales de las personas físicas y las personas jurídicas

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Es un impuesto directo, personal y progresivo que recae sobre la renta obtenidas por las personas físicas. 

Rendimientos del IRPF
 
- Rentas del trabajo (por cuenta ajena).
- Rentas del capital inmobiliario (por propiedad de viviendas).
- Rentas del capital mobiliario (por propiedad de capital financiero  como depósitos bancarios o acciones).
- Rendimientos de actividades económicas (por cuenta propia).
- Ganancias y pérdidas patrimoniales.

 

Impuesto sobre sociedades

Es un impuesto directo y personal que grava la renta obtenida por las sociedades mercantiles.
El cálculo del rendimiento neto ser realiza por estimación directa (ingresos computables – gastos deducibles).

Tipos impositivos (Impuesto de Sociedades)



 
Impuesto sobre el valor añadido
 
Es un impuesto de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo de bienes y servicios.

La empresa lo cobra al consumidor y lo abona en la agencia tributaria. El sujeto pasivo es el consumidor final, que es el que soporta la carga del impuesto. 

Tipos impositivos (IVA)
 
Tipo General al 21%. Se aplica a todas las operaciones sujetas al IVA realizadas a partir del 1 de septiembre de 2012, salvo que se aplique los tipos reducido o superreducido.
Tipo Reducido al 10%. Se aplica a: Las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones, principalmente, de los bienes siguientes:
  • Los alimentos utilizados para la nutrición humana o animal, sin incluir las bebidas alcohólicas. Así como animales, vegetales y demás productos utilizados para la obtención de alimentos.
  • Los empleados en actividades agrícolas, forestales o ganaderas (Semillas, fertilizantes, insecticidas, herbicidas, etc.)
  • Las aguas para la alimentación humana o animal o para el riego.
  • Los aparatos y complementos, incluidas las gafas graduadas y lentillas, destinados a suplir las deficiencias físicas del hombre o de los animales. Los productos sanitarios, material, equipos o instrumental que se utilicen para prevenir, diagnosticar, tratar, aliviar o curar enfermedades o dolencias del hombre o de los animales.
  • Las viviendas, incluidas las plazas de garaje y anexos.
También se aplica el tipo reducido a la prestación, entre otros, de los siguientes servicios:
  • Los transportes de viajeros y sus equipajes.
  • Hostelería, acampamiento y balneario, restaurantes y, en general, el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto.
  • Los servicios efectuados en favor de titulares de explotaciones agrícolas, forestales o ganaderas (plantación, siembra, injertado, abonado, cultivo y recolección, cría, guarda y engorde de animales, etc.)
  • Los servicios de limpieza de vías públicas.
  • La asistencia sanitaria, dental y curas termales que no gocen de exención.
  • Las ejecuciones de obras de renovación y reparación realizadas en viviendas.
  • Los arrendamientos con opción de compra viviendas, incluidas las plazas de garaje y anexos.
Determinados bienes y servicios han visto modificada el IVA al que estaban sometidos pasando del reducido al general, es decir, del 8% al 21%. Estos son:
  • Entradas a cines, teatros, eventos deportivos, parques de atracciones, así como conciertos de música.
  • Servicios de peluquería así como de estética.
  • Flores y plantas ornamentales.
  • Servicios ofrecidos por empresas funerarias.
  • Compraventa de obras de arte.
  • Servicios de radiofusión.
  • Compra de entradas a discotecas, exposiciones o ferias comerciales.
  • Aquellos servicios prestados por un profesional o artista.
Y, por último, también se aplicará el tipo reducido a las siguientes operaciones:
  • Las ejecuciones de obras, ventas con instalación de armarios de cocina y de baño y de armarios empotrados,  consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista, que tengan por objeto la construcción o rehabilitación de viviendas.
  • Las importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.

El Tipo superreducido es del 4%. Se aplica a las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de los bienes que se indican a continuación:
  • Productos básicos como pan, harina, huevos, leche, quesos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales.
  • Libros, periódicos y revistas que no contengan única o fundamentalmente publicidad.
  • Los medicamentos para uso humano, así como las sustancias medicinales y productos intermedios, utilizados en su obtención.
  • Los vehículos destinados para personas con movilidad reducida.
  • Las prótesis, órtesis e implantes internos para personas con minusvalía.
  • Las viviendas de protección oficial cuando las entregas se efectúen por sus promotores, incluidos los garajes y anexos. Así como a su arrendamiento con opción de compra.
  • Los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche y atención residencial.






 



jueves, 26 de noviembre de 2015

TRADE





¿Cuándo se es un TRADE?

Son aquellos trabajadores autónomos que realizan una actividad económica o profesional de forma habitual y directa, de forma lucrativa, para un cliente del que dependen económicamente al recibir de él, al menos el 75% de los ingresos.

Además tiene que cumplir algunos requisitos:

1.- No tener a su cargo trabajadores ni contratar o subcontratar parte o toda del trabajo que realiza.
2.- No hacer el mismo trabajo que realizan los empleados del cliente. Debe realizar un trabajo distinto a los que realizan los trabajadores por cuenta ajena de su cliente.
3.- Tener una infraestructura y materiales de trabajo propios.
4.- Trabajar bajo criterios organizativos propios, pudiendo recibir las indicaciones técnicas por parte del cliente.
5.- Recibir un pago por el resultado del trabajo, pactado con el cliente, y asumiendo el riesgo y ventura por la actividad.

¿Qué colectivos están excluidos?

No pueden ser TRADE los autónomos titulares de establecimientos o locales comerciales, oficinas y despachos abiertos al público. Tampoco los profesionales que ejerzan su profesión conjuntamente con otros, formando una sociedad o similar.

Algunos colectivos están expresamente excluidos de ser considerados TRADEs, como los Agentes de Seguros Exclusivos y Agentes de Seguros Vinculados. Además los Transportistas con vehículos propios y los Agentes Comerciales, tienen especificidades para ser considerados TRADEs.

Condiciones especiales que tiene el TRADE

Los TRADE tienen unas condiciones más beneficiosas respecto de los trabajadores autónomos, pese a tener las mismas obligaciones que éstos, por la situación de dependencia económica respecto de un cliente.

a) Contrato mercantil que regula la relación con el cliente.
b) Tienen derecho a 18 días de vacaciones al año, aunque por acuerdo o por contrato se pueden aumentar.
c) Derecho a una indemnización en el caso de que el cliente rompa injustificadamente el contrato. Como contrapartida, el TRADE tendrá asimismo que indemnizar al cliente si es él quien rompe injustificadamente el contrato.

Dicha indemnización vendrá fijada en el contrato o en el acuerdo de interés profesional. Si no viniese especificada, se tendrá en cuenta el tiempo que quedase de contrato, los perjuicios causados, los gastos y las inversiones hechas, los incumplimientos del cliente, el plazo de preaviso...

d) En caso de tener que acudir a los Tribunales, actuará en la jurisdicción social. Esta jurisdicción es más rápida que la jurisdicción civil, y menos costosa, ya que no existen las tasas ni la necesidad de un procurador.

e) Posibilidad de firmar Acuerdos de Interés Profesional. Sólo se puede ser trabajador económicamente dependiente de un cliente. Aunque se tenga varios clientes, solo se puede ser económicamente dependiente de uno de ellos.

Las obligaciones como TRADE

Como trabajador autónomo se tienen las mismas obligaciones del resto de autónomos, respecto a Hacienda (IVA, IRPF...). No existe una obligación de facturar mensualmente, puede hacerse trimestralmente.

Respecto a la Seguridad Social, existen las mismas obligaciones. Existe la obligación de cotizar por las contingencias profesionales. Pero además los que desempeñen actividades con alto riesgo de siniestralidad, tendrán que cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos obligatoriamente por Incapacidad Temporal derivada de contingencias comunes.

Diferencia con el "falso autónomo"

La diferencia fundamental es que el TRADE puede ejercer su actividad fuera del ámbito de organización del cliente, mientras que los falsos autónomos se integran completamente en la estructura de trabajo del cliente con las tareas, horarios, medios de trabajo del cliente/empresa, en una situación ilegal.

La remuneración es otra diferencia, ya que entre el TRADE y el cliente es pactada, mientras que la del falso autónomo es la impuesta por la empresa.

Cuando no se es TRADE y sí falso autónomo:

  • Tiene que acudir al lugar de trabajo diariamente y con un horario fijo.
  • Recibe encargos de trabajo que no puede rechazar.
  • Recibe una retribución determinada de forma unilateral.
  • No tiene capacidad de decidir sobre la organización de su trabajo, y la carga de trabajo.  
El trabajador que cumpla los requisitos para ser considerado TRADE, puede pedir al cliente o empresa para la que trabaja, la firma de un contrato que regule las relaciones entre ambas partes.
El trabajador debe comunicar al cliente su voluntad de firmar dicho contrato, y si el cliente se niega, el trabajador puede pedir ante los Juzgados de lo Social el reconocimiento de su condición.

En su caso, el cliente puede exigir al trabajador que demuestre la dependencia económica. Ésto se puede demostrar a través de un certificado de rendimientos de Agencia Tributaria, o de la declaración de IRPF del año anterior. El cliente solo puede volver exigir la demostración del mantenimiento de las condiciones pasados al menos 6 meses.

Registro del contrato

El contrato tiene que ser registrado en el Servicio Público de Empleo Estatal. El trabajador tiene un plazo de 10 días hábiles para registrarlo desde la firma del mismo. Una vez registrado, deberá comunicar su inscripción al cliente en el plazo de 5 días hábiles. Si pasan 15 días hábiles desde la firma, y el contrato no ha sido registrado, el cliente podrá registrarlo en el plazo de 10 días hábiles.

El registro de contratos de trabajadores autónomos económicamente dependientes permite la inscripción telemática de los contratos a través de su página web.

 ¿Cuál es el contenido que ha de tener este contrato del TRADE?

En el contrato tiene que figurar como mínimo:

  • La identificación del trabajador y del cliente.
  • El objeto y la causa del contrato. Para que se contata al trabajador, y las condiciones básicas del trabajo a realizar.
  • Los descansos anuales, semanales y los festivos. Puede mejorarse por contrato los 18 días de vacaciones anuales.
  • La duración máxima de la jornada, en cómputo semanal, mensual o anual.
  • Tiene que ponerse claramente y específicamente que el trabajador es económicamente dependiente del cliente.
  • No tiene por qué ponerse la duración del contrato, pudiendo ponerse una fecha, o remitir a la realización de un trabajo En el caso de no ponerse nada, se entenderá que es indefinido.
Durante la duración del contrato pueden darse la situación de que se trabaje más de lo que figura en el contrato. Se puede realizar voluntariamente una jornada superior a la pactada siempre que no exceda al incremento máximo que ponga en el acuerdo de interés profesional. Si no existe este acuerdo el límite será el 30% del tiempo ordinario.


VIDEOS VISTOS EN CLASE:


 Película. Falso autónomo.

  

 El autónomo español. Autónomus hispánicus.

 

El fraude de los falsos autónomos.


 
  

La gestión del conocimiento, la gestión del cambio, la gestión por proyectos y la gestión por competencias en las empresas de hoy

- GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO: 
“Es el proceso sistemático de detectar, seleccionar, organizar, filtrar, presentar y usar la información por parte de los participantes de la empresa, con el objeto de explotar cooperativamente el recurso de conocimiento basado en el capital intelectual propio de las organizaciones, orientados a potenciar las competencias organizacionales y la generación de valor” (Harvard Business Review, 2003)".

No se debe despreciar el conocimiento de nadie y potenciar el conocimiento a través de la formación.
Sería interesante incentivar las ideas con incentivos.

¿Cuáles actividades se pueden realizar como gestión de conocimiento en la empresa?

Las actividades básicas de la gestión del conocimiento están relacionadas con diferentes campos del saber. Los especialistas definen varias actividades que integran el ciclo de vida del conocimiento o la cadena de valor de conocimiento, de las cuales las más generales son las destinadas a identificar, adquirir, desarrollar, compartir, utilizar y retener el conocimiento.

Identificar el conocimiento:

La empresa debe pensar qué es lo que quiere lograr y el conocimiento que necesita para ello. Se debe incluir un análisis enfocado o brechas para identificar el conocimiento que no se ha adquirido (sea tácito o explicito) a todos los niveles (estratégico, funcional, de procesos, personal, etc.).
Esta información es vital para la toma de decisiones, y para obtenerla se recomienda utilizar técnicas como los mapas del conocimiento, tormentas de ideas, retroalimentación con los clientes, experiencias de proyectos realizados, bases de datos para identificar a los aliados estratégicos, monitoreo de sitios web etc.

Adquirir el conocimiento:

La empresa puede adquirir el conocimiento en múltiples mercados, pero debe distinguir entre adquirir conocimiento que se pueda utilizar directamente y aquel que puede ser útil en el futuro. La adquisición del conocimiento “externo” casi siempre genera reacciones de defensa; el conocimiento adquirido debe ser tan compatible con la empresa como sea posible, y para obtenerlo existen muchos sistemas y métodos; por ejemplo, mediante el reclutamiento de consultores especializados, la administración selectiva y cuidadosa de los tipos de clientes que vienen a la empresa, la cacería de talentos, el método de alianzas estratégicas, los convenios de cooperación, por medio del uso de la propiedad intelectual (licenciamiento o franquicias), la ingeniería inversa, el conocimiento documentado (software o CD-ROMS, entre otros).

Desarrollar el conocimiento:

Es importante descubrir cómo se desarrolla el conocimiento en la empresa, teniendo en cuenta los individuos y los grupos, con el fin de considerar el flujo de ideas en procesos de innovación y mejora. Los siguientes son ejemplos de cómo desarrollar esta actividad: programas para el desarrollo de la creatividad para resolver problemas en forma sistemática, procedimientos para la planificación de la innovación, y equipos de alto rendimiento que investiguen nuevas tecnologías.

Compartir el conocimiento:

El objetivo de esta etapa es transferir el conocimiento al lugar donde sea necesario, en el momento adecuado y con la calidad requerida. Por lo tanto, el conocimiento se debe distribuir para que otras personas puedan encontrarlo y lo utilicen en procesos que añadan valor. La mayoría del conocimiento se transmite de mejor forma de persona a persona, mediante la colaboración de talleres, aprendizaje en el trabajo diario, etc.
Las herramientas que facilitan este proceso son internet, la intranet, webconference (sistemas de aprendizaje de cursos en línea), Skype, cursos bajo el concepto de e-learning, bancos de datos, centros de documentación, rotación del personal, sesiones grupales, reuniones de áreas, teletrabajo, correo electrónico, páginas web, grupos de experiencia, arenas de aprendizaje, etc.

Utilizar el conocimiento:

El conocimiento añade valor solamente cuando se utiliza en la empresa; el exceso de este no se utiliza a plenitud. El uso del conocimiento determina las necesidades de la empresa a este respecto, y debe servir como referencia para la creación, almacenamiento y las formas de compartir conocimiento.

Retener el conocimiento:

La retención de conocimiento es un paso significativo en la construcción de los activos del conocimiento, puesto que el conocimiento debe incorporarse a la empresa para su reutilización y adquiere mayor relevancia en organizaciones donde existen pocos especialistas en diferentes temas de importancia, y cuya pérdida podría ser negativa para la empresa si se retiran o deciden abandonar la empresa por cualquier motivo. Para que este efecto sea menor, la empresa tiene que ser capaz de almacenar el conocimiento y resguardarlo (experiencias vividas por los trabajadores, lecciones aprendidas en proyectos anteriores, documentación de los buenos resultados en proyectos ejecutados, procedimiento a nivel de clientes para registrar las minutas formales de las reuniones anteriores, aplicación de la técnica de recordación en parejas, etc.), para que se facilite su transferencia a otros. Este ciclo se considera un proceso integrado que apoya los procesos del negocio más amplios. Su interacción y desempeño dentro de la empresa deben ser apoyados por métodos y herramientas de gestión del conocimiento apropiadas.

- GESTIÓN DEL CONFLICTO: Cuando hablamos de gestión del conflicto, nos estamos refiriendo a los conflictos que se generan en las relaciones humanas, que siempre se producen, no entre empresas y trabajadores.

Existen dos formas de gestionar los conflictos:
- Tapándolos o haciendo que no me entero.
- Dejar que aflore y que al final sea productivo.

A los conflictos hay que darles cauce, tratando de trabajar con buena fe, dejando que aflore el conflicto y darle solución.

- GESTIÓN DEL CAMBIO: El cambio sería un cambio deliberado, que pretende adaptar a la empresa a la actualidad, innovando y haciéndonos más competitivos.
La gestión del cambio no consiste en implantar nuevos modelos de gestión que a la postre resultan ser solamente teorías pasajeras, más bien consiste en aprovechar los cambios del entorno empresarial para el bien de la firma, por ello, las compañías no solo deben ser flexibles sino que quienes las manejan deben desarrollar una aguda percepción para anticiparse a los cambios y poder estar así siempre a la vanguardia.

- GESTIÓN DE COMPETENCIAS: Actualmente las empresas evalúan tanto las capacidades para realizar un trabajo, como las condiciones personales y emocionales, para confiar caudales de responsabilidad; esto exige que las personas tengan cada vez mayores competencias de acuerdo a las exigencias del mercado, reflejando nuevos perfiles profesionales pertinentes al actual contexto laboral.
La gestión de las competencias laborales, cuya base son las normas de competencia laboral, están muy cerca del personal ya que rigen las funciones productivas que desempeña cada uno en la organización.
La formación y el perfeccionamiento del empleado consisten en un conjunto de actividades cuyo propósito es mejorar su rendimiento presente o futuro, aumentando su capacidad a través de la mejora de sus conocimientos, habilidades y actitudes.
La empresa tendrá un equipo capacitado y dispuesto.



- GESTIÓN POR PROYECTOS: Parte de la normalización de los procesos o la robotización. Organizo la gestión para hacer proyectos de mejora en determinados procesos. Ésto nos lo ha aportado las nuevas tecnologías.
Un ejemplo sería un programa que escribe un documento oyendo tu voz, en vez de alguien mecanografiando.

Innovación en el sector ASIR

Nuestro sector es quizás en el que más innovaciones podemos encontrar, ya que desde que llegó la informática a nuestras vidas, conseguimos minimizar el tiempo de trabajo y gestionar nuestra información de una forma más sencilla.
Actualmente es difícil concebir un área que no use, de alguna forma, el apoyo de la informática. Ésta puede cubrir un enorme abanico de funciones, que van desde las más simples cuestiones domésticas hasta los cálculos científicos más complejos. Entre las funciones principales de la informática se cuentan las siguientes:
  • Creación de nuevas especificaciones de trabajo
  • Desarrollo e implementación de sistemas informáticos
  • Sistematización de procesos
  • Optimización de los métodos y sistemas informáticos existentes
  • Facilitar la automatización de datos
Por lo tanto, nuestro sector estará siempre en crecimiento, y buscando nuevos métodos de seguridad, automatización de tareas, programas de gestión, etc, sea para el tipo de empresa que sea.

Planes de apoyo de todo tipo para empresas del sector

Las ayudas en investigación en éstos momentos prácticamente han desaparecido debido a la crisis, aunque no debemos olvidar su importancia.
Podemos hablar de AVE, que apoyó a la ingenieria y al desarrollo español, industrial y de mano de obra especializada.
Parte del desarrollo tecnológico de éste país se lo debemos al AVE.