lunes, 22 de febrero de 2016

Obligaciones fiscales

Las Obligaciones Fiscales de la empresa son las siguientes:

Antes de comenzar la actividad

  • Presentar la declaración censal (modelo 036 ó 037)
  • Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (en el modelo 036 anterior si está exento de pago y en los modelos 840 y 848 si tributa)

Después de comenzar la actividad

  • Deberá presentar las declaraciones del IVA trimestralmente (modelo 303) y un resumen anual (modelo 390)
  • Debe declarar sus ingresos:
      • Si tributa por el Impuesto sobre la Renta – IRPF (autónomos, sociedades civiles y comunidades de bienes); trimestralmente deberá efectuar los pagos fraccionados a cuenta (modelos 130 y 131) y anualmente la declaración del IRPF (modelo D-100)
      • Si tributa por el Impuesto de Sociedades (sociedades mercantiles); trimestralmente deberá efectuar los pagos fraccionados a cuenta (modelo 202) y anualmente la declaración del Impuesto de Sociedades (modelo 200)
  • Si realiza pagos sometidos a retención, ya sea por tener empleados o efectuar pagos a profesionales, por abonar rendimientos del capital mobiliario, etc. (modelos 111 y 190)
  • Deberá realizar la declaración anual de operaciones con terceros durante el mes de marzo, cuando en el año anterior hayan realizado operaciones con otra persona o entidad que en su conjunto hayan superado los 3.006 Euros (modelo 347)

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